Entonces, podemos definir estos puntos establecidos en la especifidad del contrato:
Concepto:
Se entiende que el Contrato de la Administración es toda declaración bilateral o de voluntad común, productora de efectos jurídicos entre dos personas, de las cuales una está en ejercicio de la función administrativa. De acuerdo a lo anteriormente establecido, se pueden analizar las siguientes ideas:
- Es una Declaración de Voluntad Común.
- Productora de Eectos Jurídicos
- Entre un Ente Estatal o no Estatal en ejercicio de la función Administrativa.
- Y un Particular u otro Ente Público
Caracterización:
Esta es el resultante de:
- El Objeto del Contrato
- La Participación de un Órgano Estatal o de un Ente Público en ejercicio de la Función Administrativa
- Las Prerrogativas especiales de la Administración en orden a su interpretación, modificación y resolución
Elementos:
En los contratos administrativos se encuentran los mismos elementos que en los actos administrativos: sujetos, competencia y capacidad; voluntad, objeto y forma. Estos son elementos escenciales que atañen a la existencia y validez del contrato.
La ampliación de los conceptos anteriormente relacionados quedará para un posterior análisis, o cuando sea solicitado el desarrollo del tema.
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