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marzo 21, 2013

Ausencia Total de Participantes



Todo proceso de contratación tendrá la probabilidad de no contar con respuesta alguna a la convocatoria realizada para la presentación de ofertas. En este sentido, tenemos la figura que la LACAP regula como la “Ausencia Total de Participantes”, conforme a lo establecido en su artículo 64.

Art. 64.- En el caso que a la convocatoria de la licitación o de concurso público no concurriere ofertante alguno, la Comisión de Evaluación de Ofertas levantará el acta correspondiente e informará al titular para que la declare desierta, a fin de que promueva una segunda licitación o un segundo concurso público.


De esta manera, la Institución encargada de realizar la convocatoria respectiva, debe proceder a nombrar la Comisión de Evaluación de Ofertas para que levante el acta en la que informa al titular dicha situación, así como la recomendación a proceder con la Declaratoria de Desierto el proceso de contratación.

En relación a promover una segunda licitación o concurso, esto será siempre y cuando el proceso que ha sido objeto de Declararlo Desierto, sea el primer proceso realizado, es decir la primera licitación o concurso del objeto contractual que se tenga por finalidad; sin embargo, en caso que sea un segundo proceso, es decir una segunda convocatoria, podrá procederse conforme lo establecido en el artículo 65 de la LACAP, el cual faculta a la realización de Contratación Directa.

En cuanto a la Ausencia Total, será recomendable para la Institución que realiza la convocatoria, hacer un estudio interno sobre los factores que pudieron ser determinantes en no tener oferta alguna, para que en una posible segunda convocatoria, estos factores sean reformulados y de esta manera poder aumentar las probabilidades de participación.

Los factores que influyen en este tipo de Resultado -Ausencia Total- pueden ser variados, y van desde la planificación de las contrataciones, el objeto contractual, la disponibilidad de ofertantes en el mercado hasta factores como si lo licitado es objeto de importación, fabricación o proveedor único.

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